Adquisición definitiva
El dominio cambia de titular. Es la estructura más sencilla de describir: una vez cerrado el acuerdo, el adquirente controla el nombre a largo plazo.
- transferencia del dominio tras la firma del acuerdo;
- cambio de titular conforme a las normas y procedimientos del registro correspondiente;
- control a largo plazo por parte del adquirente, que asume después las renovaciones;
- pago y condiciones fijados por contrato.
Uso exclusivo durante 3, 5 o 10 años
El titular conserva la propiedad del dominio y concede un derecho de uso exclusivo por un plazo determinado. Esta estructura se adapta a un lanzamiento, a un programa o a una iniciativa con un horizonte conocido.
- derecho de uso exclusivo durante el plazo previsto;
- posibilidad de una estructura de 5 años + 5 años;
- renovación únicamente según las condiciones fijadas en el contrato;
- papel de cada parte definido para el registro, el DNS, el alojamiento y el cumplimiento normativo;
- ninguna garantía de renovación automática si el contrato no la prevé.
Alquiler con opción de compra
Primero, un periodo de uso; después, una posible adquisición. Esta estructura permite comprometerse con un nombre de forma progresiva.
- uso del dominio durante un periodo acordado;
- posibilidad de adquirirlo en el futuro si se ejerce la opción;
- precio, plazos y condiciones fijados en el acuerdo;
- transferencia definitiva solo una vez cumplidas las condiciones previstas.
¿Qué estructura elegir?
| — | Adquisición | Uso exclusivo | Alquiler con opción de compra |
|---|---|---|---|
| Propiedad | Transferida al adquirente | Conservada por el titular | Conservada por el titular hasta que se ejerza la opción |
| Duración | Indefinida, sujeta a las renovaciones ante el registro | 3, 5 o 10 años, según el acuerdo | Periodo acordado y, después, posible transferencia |
| Renovación | A cargo del nuevo titular | Solo según las condiciones del contrato | Según los plazos fijados en el acuerdo |
| Flexibilidad | Uso libre, dentro de las normas del registro | Uso delimitado por el contrato | Uso delimitado, con perspectiva de adquisición |
| Opción de compra | No procede | Solo si el contrato la prevé | Sí, en las condiciones fijadas |
| Control operativo | Íntegramente del adquirente | Repartido según el contrato: registro, DNS, alojamiento | Repartido según el contrato hasta la transferencia |
Esta tabla es orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni una oferta: cada estructura se concreta en un acuerdo por escrito, adaptado al proyecto y a las normas del registro correspondiente. No se publica ninguna tarifa.
La estructura adecuada es la que se ajusta a la duración y a la ambición del proyecto.
Si contempla una adquisición, consulte las tres modalidades y los mercados cubiertos.
